En
el día del cincuenta aniversario de la solemne apertura del Concilio Vaticano
II el Sumo Pontífice Benedicto XVI ha establecido el inicio de un Año
particularmente dedicado a la profesión de la fe verdadera y a su recta
interpretación, con la lectura o, mejor, la piadosa meditación de los Actos del
Concilio y de los artículos del Catecismo de la Iglesia Católica”.
“Ya que se trata, ante todo, de desarrollar en grado
sumo -por cuanto sea posible en esta tierra- la santidad de vida y de obtener,
por lo tanto, en el grado más alto la pureza del alma, será muy útil el gran
don de las indulgencias que la Iglesia, en virtud del poder conferido de
Cristo, ofrece a cuantos que, con las debidas disposiciones, cumplen las prescripciones
especiales para conseguirlas
“Durante
todo el arco del Año de la Fe -convocado del 11 de octubre de 2012 al 24 de
noviembre de 2013- podrán conseguir la Indulgencia plenaria de la pena temporal
por los propios pecados impartida por la misericordia de Dios, aplicable en
sufragio de las almas de los fieles difuntos, todos los fieles verdaderamente
arrepentidos, debidamente confesados, que hayan comulgado sacramentalmente y
que recen según las intenciones del pontífice:
A) Cada vez que participen al menos en tres momentos
de predicación durante las Sagradas Misiones, o al menos, en tres lecciones
sobre los Actos del Concilio Vaticano II y sobre los artículos del Catecismo de
la Iglesia en cualquier iglesia o lugar idóneo.
B) Cada vez que visiten en peregrinación una
basílica papal, una catacumba cristiana o un lugar sagrado designado por el
Ordinario del lugar para el Año de la Fe (por ejemplo basílicas menores,
santuarios marianos o de los apóstoles y patronos) y participen en una
ceremonia sacra o, al menos, se recojan durante un tiempo en meditación y
concluyan con el rezo del Padre nuestro, la Profesión de fe en cualquier forma
legítima, las invocaciones a la Virgen María y, según el caso, a los santos apóstoles
o patronos.
C) Cada vez que en los días determinados por el
Ordinario del lugar para el Año de la Fe, participen en cualquier lugar sagrado
en una solemne celebración eucarística o en la liturgia de las horas, añadiendo
la Profesión de fe en cualquier forma legítima.
D) Un día, elegido libremente, durante el Año de la
Fe, para visitar el baptisterio o cualquier otro lugar donde recibieron el
sacramento del Bautismo, si renuevan las promesas bautismales de cualquier
forma legítima.
Los
obispos diocesanos, en los días oportunos o con ocasión de las celebraciones
principales, podrán impartir la Bendición Papal con la Indulgencia plenaria a
los fieles.
Los
fieles que "por enfermedad o justa causa" no puedan salir de casa o
del lugar donde se encuentren, podrán obtener la indulgencia plenaria, si
“unidos con el espíritu y el pensamiento a los fieles presentes,
particularmente cuando las palabras del Sumo Pontífice o de los obispos
diocesanos se transmitan por radio o televisión, recen, allí donde se
encuentren, el Padre nuestro, la Profesión de fe en cualquier forma legítima y
otras oraciones conformes a la finalidad del Año de la Fe ofreciendo sus
sufrimientos o los problemas de su vida”.
Editado por Antonio
Administrador del blog
CON JESÚS EN MI VIDA
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